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BRASIL: El Tribunal Supremo Federal falló a favor de criminalizar la homofobia como un delito similar al racismo.

El 13 de junio de 2019, el Tribunal Supremo Federal (TSF) de Brasil adoptó una histórica resolución al igualar la homofobia y la transfobia con los delitos de racismo, contemplados en las leyes brasileñas desde 1989.
Esto significa que hasta que el Congreso Nacional corrija una ley propia sobre el asunto, quienes cometan actos de violencia contra la comunidad LGBTI están sujetos a penas entre uno y cinco años de prisión como prevé la ley ya existente para la discriminación por etnia, color, raza, religión o nacionalidad.

La sentencia obedeció a una acción presentada por la Asociación Brasileña de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Travestis, Transgéneros e Intersexuales (ABGLT) y por el Partido Popular Socialista (PPS).
Brasil es uno de los países que mata a más personas LGBTI en el mundo, solo detrás de México, Estados Unidos y Colombia. Según los informes especializados,  en el año 2018 se revelaron 420 muertes –una cada 20 horas, según un análisis del Grupo Gay de Bahía. De estas muertes, el 72 % es por homicidio y el 24 % por suicidio.
Por mayoría, el Tribunal reconoció el retraso del Congreso Nacional para incriminar los actos que violan los derechos fundamentales de los miembros de la comunidad LGBT. Los ministros Celso de Mello, Edson Fachin, Alexandre de Moraes, Luís Roberto Barroso, Rosa Weber, Luiz Fux, Carmen Lúcia y Gilmar Mendes votaron por el marco de la homofobia y la transfobia como un tipo de delincuente definido en la Ley de Racismo (Ley 7.716 / 1989) hasta que el Congreso Nacional emita ley al respecto. En ese momento, los ministros Ricardo Lewandowski y Dias Toffoli fueron derrotados, porque entendieron que la conducta solo podía ser castigada por ley aprobada por la Legislatura.
En ese sentido, el ministro Lewandoski reconoció la falta de legislación y la necesidad de informar al Congreso Nacional de la ley para producir una ley sobre el tema. Sin embargo, sostuvo que no encuadra la homofobia y la transfobia en la Ley del Racismo. Para Lewandowski, es indispensable la existencia de una ley para que el castigo criminal de cierta conducta sea viable.
“La extensión de la ley penal para incluir situaciones no específicamente definidas por la norma incriminatoria me parece que viola el principio de reserva legal, que constituye una garantía fundamental para los ciudadanos que promueve la seguridad jurídica de todos”, dijo el ministro, citando la jurisprudencia de la Corte. Según él, la Constitución Federal solo admite la ley como una fuente formal y directa de normas de derecho penal.
En contraposición, la ministra Carmen Lúcia estimó que después de tantas muertes, odio e incitación contra los homosexuales, no hay forma de ignorar la inercia del legislador brasileño y dijo que dicha omisión es inconstitucional. “La reiteración de los ataques resultantes de la homotransfobia revela una situación de verdadera barbarie. Queremos eliminar lo que parece diferente física, psíquica y sexualmente “, dijo.

Para la ministra, la singularidad de cada ser humano no es un pretexto para la desigualdad de dignidades y derechos, y la discriminación contra una persona afecta también a toda la sociedad. “La protección de los derechos fundamentales debe estar completa, para que la Constitución no se convierta en mera hoja de papel”, concluyó.

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